TIERRA DE LOS CACIQUES INDIGENAS: antes de la llegada de los españoles los nobles indigenas tenian tierras y estas fueron respetadas por la corona española sobre todo si el noble estaba a favor de la conquista.
TIERRAS DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS: fue otra de las formas de posesion agraria, los tipos eran; fundo legal, los propios y el ejido eran de propiedad publica y las tierras de repartimiento que eran parcelas designadas al jefe de la familia.
PROPIEDAD ESPAÑOLA: estaba divido en la tierra destinada a la fundacion de ciudade, la estancia del ganado y los latifundios orientados a la produccion agropecuaria que dieron origen a la hacienda.
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